En esta guía
Estos reclamos surgen de una caída en una acera pública, una rampa de la acera, un sendero de un parque, un andén de transporte público o el terreno de un edificio público en el condado de Los Ángeles. Las caídas dentro de un negocio privado se explican en nuestra guía sobre caídas en tiendas y supermercados. El panorama general está en nuestra página de abogado de resbalones y caídas en Los Ángeles.
El plazo de seis meses para el reclamo
La mayoría de la gente cree que tiene dos años. Contra una entidad pública, eso es un error desde el primer día. El Código de Gobierno, sección 911.2(a), exige que un reclamo relacionado con una causa de acción por muerte o por lesiones a una persona se presente a más tardar seis meses después de que surge la causa de acción, que en una caída es la fecha de la caída. Todos los demás reclamos tienen un año. Un reclamo contra el gobierno es un aviso formal por escrito que se presenta a la propia entidad, no una demanda ni una llamada a una línea de atención.
La respuesta de la entidad inicia el segundo plazo. La sección 945.6(a) le da seis meses para demandar después de que se entrega en persona o se envía por correo un aviso de rechazo por escrito. Si no se da un aviso por escrito en la forma que exige la ley, la subdivisión (a)(2) le da dos años desde que surgió la causa de acción. Por eso, el silencio de la agencia le deja más tiempo que una carta.
| Paso | Cuándo | Fuente |
|---|---|---|
| Presentar el reclamo por escrito | Dentro de 6 meses desde la caída | Código de Gobierno, sección 911.2(a) |
| Solicitud de permiso para presentar un reclamo tardío | Dentro de 1 año desde la caída | Código de Gobierno, sección 911.4(b) |
| Demandar después de un rechazo por escrito | Dentro de 6 meses desde el aviso | Código de Gobierno, sección 945.6(a)(1) |
| Demandar cuando no llegó un rechazo por escrito | Dentro de 2 años desde la caída | Código de Gobierno, sección 945.6(a)(2) |
El dueño del terreno
Una acera de Los Ángeles está entre una calle pública y un terreno privado, y quién es responsable depende de qué la rompió. La Ciudad de Los Ángeles es dueña de la vía pública y puede ser responsable por una condición peligrosa de su propiedad. El dueño colindante, el dueño del terreno junto a la acera, tiene un deber de mantenimiento según el Código de Calles y Carreteras, sección 5610. Esa sección dice que los dueños de los terrenos que dan a cualquier parte de una calle pública deben mantener la acera en una condición que no ponga en peligro a las personas ni a la propiedad.
Ese deber es más estricto cuando el dueño le hizo algo a la acera. La instrucción para el jurado CACI No. 1007, de las Instrucciones Civiles para el Jurado del Consejo Judicial de California, edición 2025, le dice al jurado que quien es dueño de una propiedad, la ocupa o la controla debe evitar crear una condición insegura en las calles o aceras públicas que la rodean. La CACI No. 1008 va más allá para una acera modificada. Pregunta si el dueño o un dueño anterior modificó la parte que causó el daño, si la modificación benefició solo a esa propiedad y si cumplía un propósito distinto del uso normal de una acera. La rampa de una entrada de autos, una jardinera, la tapa de una bóveda subterránea o una tubería de drenaje privada son ese tipo de modificación.
El tercer demandado es otra agencia completamente distinta. El condado de Los Ángeles, la Los Angeles County Metropolitan Transportation Authority y el Los Angeles Unified School District son entidades públicas propias, con sus propios procedimientos de reclamo y sus propios plazos de seis meses. Una caída en una estación de Metro no es un reclamo contra la Ciudad, y presentarlo a la agencia equivocada no detiene el plazo de la agencia correcta.
| Dónde se cayó | Revisar primero | Considerar también |
|---|---|---|
| Acera rota por un árbol de la calle | La ciudad dueña de la vía pública | El dueño colindante si el árbol está en terreno privado |
| Acera que cruza la rampa de una entrada de autos | El dueño colindante, CACI 1008 | La ciudad, por el conocimiento del defecto |
| Rampa de la acera o cuneta | La ciudad | El contratista que construyó la rampa |
| Estación, andén o escalera de Metro | Metro, como entidad pública propia | Un concesionario que controla el espacio |
| Edificio del condado o terreno de una escuela | El condado o el distrito escolar | Un contratista de mantenimiento en el lugar |
Prueba contra el gobierno
La negligencia común no es el criterio. El Código de Gobierno, sección 835, hace a una entidad pública responsable por una lesión causada por una condición peligrosa de su propiedad solo si el demandante establece cuatro cosas. La propiedad estaba en una condición peligrosa en el momento de la lesión. La lesión fue causada directamente por esa condición, es decir, la condición fue un factor sustancial en causarla. La condición creó un riesgo razonablemente previsible del tipo de lesión sufrida. Por último, un acto negligente de un empleado creó la condición, o la entidad tenía conocimiento real o implícito, es decir, sabía o debió saber, con suficiente anticipación a la lesión para protegerse contra ella.
Una condición peligrosa tiene un significado legal. La CACI No. 1102, basada en el Código de Gobierno, sección 830(a), la define como una condición de la propiedad pública que crea un riesgo sustancial de lesión para el público en general cuando la propiedad se usa con un cuidado razonable y de una manera razonablemente previsible. Agrega que una condición que crea solo un riesgo menor no lo es.
El conocimiento funciona casi igual que contra una tienda, con un agregado que lo favorece a usted. La CACI No. 1104, basada en el Código de Gobierno, sección 835.2(b), le dice al jurado que puede considerar si la entidad tenía un sistema de inspección razonable y si un sistema razonable habría revelado la condición. Una agencia sin ningún programa de inspección está respondiendo la misma pregunta que responde un supermercado sobre su registro de barrido, y la responde con sus propios registros de mantenimiento y de quejas.
La lista de reparaciones de la ciudad
La Ciudad de Los Ángeles maneja Safe Sidewalks LA, que el sitio del programa describe como un programa de 30 años y $1.4 mil millones para que las aceras sean accesibles para todos. Incluye un programa de reembolso para aceras (Sidewalk Rebate Program) que les reembolsa a los dueños elegibles parte del costo de una reparación. Recibe reportes de daños si marca 311 dentro de la ciudad, 213.473.3231 desde fuera del área metropolitana de Los Ángeles, TTY 213.473.5990, o por correo electrónico a sidewalks@lacity.org.
Eso importa para un reclamo por dos razones. Los reportes hechos por esos canales crean un registro con fecha de que a la ciudad se le avisó sobre un lugar específico, que es la materia prima del conocimiento implícito. Una solicitud de reembolso de un dueño demuestra quién asumió la responsabilidad de ese tramo de acera. Reportar el defecto después de su caída no ayuda a su propio caso, pero a menudo es la forma en que se prueba el caso de la siguiente persona.
Caídas en propiedad pública sin reclamo
El defecto trivial. El Código de Gobierno, sección 830.2, permite que una corte de primera instancia o de apelación, viendo las pruebas de la manera más favorable para el demandante, decida como cuestión de derecho, es decir, el juez sin un jurado, que una condición no es peligrosa. Eso se aplica cuando el riesgo creado era tan menor, trivial o insignificante que ninguna persona razonable concluiría que creaba un riesgo sustancial. Una pequeña diferencia de altura entre dos losas, de día, en una acera despejada, es el ejemplo clásico. La iluminación, los escombros, el reflejo del sol y un historial de quejas son lo que saca a un defecto de esa categoría.
La agencia equivocada, o ninguna agencia. Muchos caminos peatonales que parecen públicos son de propiedad privada: la explanada de un centro comercial, un sendero de una asociación de propietarios, el frente de un complejo de apartamentos. Esos son reclamos comunes de responsabilidad de la propiedad con un plazo de dos años, y los explican nuestras guías sobre caídas en apartamentos y escaleras y responsabilidad de la propiedad en Los Ángeles. El reclamo vencido. Después de un año desde la caída, sin un reclamo presentado y sin una solicitud presentada, ya no queda ningún camino contra la entidad.
Primeros pasos
Antes que nada, registre el lugar. Tome fotos del defecto con algo en la imagen que sirva de escala, consiga la dirección y la calle transversal más cercanas, y anote en qué dirección caminaba. Después identifique al dueño de ese pedazo específico de terreno, porque el plazo que corre en su contra es el de esa agencia y no el de la agencia cuyo nombre está en el letrero más cercano.
Si una caída en propiedad pública le dejó una lesión en la cabeza o una fractura que necesitó cirugía, el expediente médico y el reclamo de seis meses corren en el mismo calendario, y el reclamo no va a esperar a que termine el tratamiento. Las lesiones graves en la cabeza las llevamos en nuestra área de lesiones cerebrales en Los Ángeles. Sin honorarios a menos que recuperemos dinero para usted.
