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Atropellos con fuga a peatonesSu propia póliza toma el lugar del conductor.

Cuando nunca se identifica al conductor que lo atropelló, el reclamo normalmente pasa a la cobertura de conductor sin seguro de su propia póliza de auto o de la póliza de un familiar que vive con usted. Esa cobertura tiene tres condiciones, dos de ellas medidas en horas y días, y empiezan a correr en el momento en que lo atropellan. Nos encargamos del reporte, de la declaración bajo juramento y de la búsqueda de cámaras desde el principio del reclamo.

En esta guía

Cuando un conductor no se detiene, el reclamo se basa en tres cosas: el deber penal que violó el conductor, un reclamo de conductor sin seguro que reemplaza al demandado que falta, y un programa estatal de compensación cuando no hay seguro en ninguna parte. Las reglas del derecho de paso y los plazos generales están en nuestra página de abogado de accidentes de peatones en Los Ángeles.

El deber del conductor de detenerse

La sección 20001(a) exige que el conductor de un vehículo involucrado en un accidente que causa lesiones a otra persona, o una muerte, se detenga de inmediato en el lugar y cumpla los deberes de las secciones 20003 y 20004. La subdivisión (b)(1) fija como castigo hasta un año en la cárcel del condado o una condena en la prisión estatal, una multa de no menos de $1,000 y no más de $10,000, o ambas cosas. Cuando el accidente causó una muerte o una lesión grave permanente, la subdivisión (b)(2) lo sube a dos, tres o cuatro años en la prisión estatal, o de 90 días a un año en la cárcel del condado. La subdivisión (d) define la lesión grave permanente como la pérdida o el deterioro permanente de la función de un miembro o de un órgano del cuerpo.

Nada de eso paga una factura del hospital. Importa por otras dos razones. Un caso penal produce un expediente de investigación y una orden de restitución, y un conductor que huyó le ha dicho al jurado algo sobre su conciencia de culpa que ningún testigo podría agregar. Su reclamo civil avanza por su propio camino y con sus propios tiempos, y no espera a que haya una condena.

Datos de atropellos con fuga

Crosstown, con datos de la División de Tránsito del Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD), reportó que 98 personas murieron en la Ciudad de Los Ángeles en 2024 en choques en los que un conductor huyó del lugar, frente a 108 en 2023. Ese reporte trató un año en el que las muertes de tránsito superaron el total de homicidios de la ciudad por segundo año consecutivo. Las clasificaciones de choques 2023 para la Ciudad de Los Ángeles de la Oficina de Seguridad Vial de California (OTS) cuentan 2,549 choques con fuga con muertos o lesionados en una población de 3,819,600.

Cifras de choques con fuga, con la zona y el año indicados
CifraNúmeroAñoZonaFuente
Muertes en choques con fuga982024Ciudad de Los ÁngelesCrosstown
Muertes en choques con fuga1082023Ciudad de Los ÁngelesCrosstown
Choques con fuga con muertos o lesionados2,5492023Ciudad de Los ÁngelesOTS
Muertes de peatones en choques con fuga1,7492024Estados UnidosIIHS

IIHS Fatality Facts 2024, del Insurance Institute for Highway Safety, reporta que el 25% de las muertes de peatones en Estados Unidos en 2024 ocurrieron en choques con fuga, frente a alrededor del 20% entre 2015 y 2019. Una de cada cuatro muertes de peatones ahora involucra a un conductor que siguió de largo. Las clasificaciones de la OTS también ponen a cada ciudad en una escala en la que 1 es la peor dentro de su grupo de población, así que una clasificación describe una tasa y no un conteo simple.

Su propia póliza

Después, la ley impone condiciones que solo existen en el caso de un conductor desconocido. La sección 11580.2(b)(1) exige que la lesión corporal haya surgido del contacto físico del vehículo con el asegurado. La subdivisión (b)(2) exige que el accidente se reporte dentro de 24 horas al departamento de policía de la ciudad donde ocurrió, o al sheriff o a la oficina local de la CHP en territorio no incorporado. También exige una declaración bajo juramento presentada a la aseguradora dentro de 30 días, que exponga los hechos de un reclamo contra una persona cuya identidad no se puede averiguar.

Las tres condiciones en un reclamo contra un conductor desconocido
CondiciónPlazoFuente
Contacto físico con el vehículoEn el momento del choqueCódigo de Seguros, sección 11580.2(b)(1)
Reporte a la policía, al sheriff o a la CHP24 horasCódigo de Seguros, sección 11580.2(b)(2)
Declaración bajo juramento a su aseguradora30 díasCódigo de Seguros, sección 11580.2(b)(2)
Demanda, acuerdo o solicitud de arbitraje2 años desde el accidenteCódigo de Seguros, sección 11580.2(i)(1)

La condición de dos años termina reclamos que de otro modo serían buenos. La sección 11580.2(i)(1) dice que no surge ninguna causa de acción bajo la cobertura a menos que ocurra una de tres cosas dentro de los dos años siguientes al accidente. Se presentó una demanda contra el conductor sin seguro, se acordó la cantidad que se debe, o el asegurado inició formalmente un arbitraje con un aviso por escrito enviado por correo certificado. Negociar con su propia aseguradora durante dos años no es una de las tres opciones.

El reporte policial de 24 horas

La condición de reportar dentro de 24 horas y la búsqueda de video empujan en la misma dirección, así que las dos se hacen al mismo tiempo. Un reporte del choque genera el número DR, el número del reporte policial del que dependen todas las solicitudes posteriores, y nuestra publicación sobre cómo obtener su reporte de choque de tránsito del LAPD explica quién puede obtener una copia y cuánto hay que esperar. Si la persona sigue internada en el hospital, un familiar hace el reporte.

  1. Reporte dentro de 24 horas. A la policía de la ciudad donde ocurrió el choque, o al sheriff o a la CHP en territorio no incorporado del condado. Obtenga el número del reporte por escrito.
  2. Anote la descripción del vehículo mientras la recuerda bien. El color, el tipo de carrocería, la dirección en que iba, los daños y cualquier parte de la placa. Los detalles se olvidan en días, y se necesitan tanto para la investigación como para la declaración bajo juramento.
  3. Busque cámaras a pie. Cada negocio, casa y estacionamiento de varios pisos con vista al punto de impacto, además de la cuadra hacia la que huyó el vehículo.
  4. Avise a su propia aseguradora y a las aseguradoras de su hogar. El reclamo puede estar en una póliza que usted no sabía que se aplicaba, y la declaración bajo juramento de 30 días se le debe a la que responda.
  5. Conserve las pruebas físicas. Molduras rotas, vidrios, pintura transferida a la ropa. Los restos identifican una marca y un modelo, y el barrido de calles los elimina.
  6. Pregúntele al oficial investigador por un boletín. Un vehículo descrito con daños muchas veces lo encuentra un taller de hojalatería o una patrulla en cuestión de semanas.

Excepciones a la regla

Cuatro situaciones sacan un reclamo por atropello con fuga del camino común.

  • No hubo contacto. Un conductor que lo obligó a bajarse de la banqueta sin tocarlo no cumple el requisito de contacto físico de la sección 11580.2(b)(1). El reclamo solo sobrevive si se identifica el vehículo, y eso convierte la búsqueda de cámaras en todo el caso.
  • Nadie en el hogar tiene una póliza. Entonces el camino de conductor sin seguro está cerrado. La Junta de Compensación para Víctimas de California (California Victim Compensation Board) incluye el choque con fuga entre los delitos que cubre, y su página de elegibilidad fija un plazo de siete años desde el delito para presentar la solicitud y exige cooperar con la policía.
  • Se identifica al conductor después. El reclamo se convierte en un caso común de responsabilidad contra ese conductor y la aseguradora del vehículo, y el reclamo de conductor sin seguro sigue abierto en segundo plano hasta que se confirma la cobertura.
  • El vehículo era de una agencia pública. Un vehículo de una ciudad, un condado, el transporte público o un distrito escolar pone el reclamo en el plazo de seis meses para reclamos al gobierno, y lo que lo pone en marcha no es la identificación del conductor.

Una compañía de seguros que paga un reclamo de conductor sin seguro le está pagando a su propio asegurado, y aun así investiga la culpa, la causalidad y el valor de las lesiones como lo hace cualquier aseguradora. Por eso armamos un expediente de conductor sin seguro de la misma manera que un reclamo contra un conductor culpable. Un conductor en la misma situación pasa por el mismo proceso, que explica nuestra página de abogado de accidentes de auto en Los Ángeles, y un reclamo de cruce peatonal contra un conductor identificado sigue el camino común que se describe en nuestra página sobre accidentes en cruces peatonales. Cuando la persona atropellada es un niño, las reglas de suspensión del plazo y de aprobación de la corte de nuestra página sobre atropellos de niños se aplican además de todo lo que se explica aquí.

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Preguntas frecuentes

¿Puedo recuperar algo aunque nunca encontraron al conductor que me atropelló?
Normalmente sí, por medio de la cobertura de conductor sin seguro de su propia póliza de auto o de la póliza de un familiar con quien vive. El Código de Seguros, sección 11580.2(b), cubre al asegurado nombrado, a su cónyuge y a los familiares que viven en el mismo hogar, estuvieran o no en un vehículo. La cobertura toma el lugar del conductor que falta y paga lo que ese conductor habría debido.
¿Me cubre el seguro de mi auto si iba caminando?
Sí, si usted tiene cobertura de conductor sin seguro o con seguro insuficiente. La ley define al asegurado de manera que incluye al asegurado nombrado, a su cónyuge y a los familiares que viven en el mismo hogar como ocupantes de un vehículo motorizado o de otra manera (or otherwise), y esas últimas palabras son las que alcanzan a una persona a pie. El auto puede estar estacionado en casa y no tener nada que ver con el choque.
¿Se acabó mi reclamo si no lo reporté dentro de 24 horas?
No necesariamente, pero la condición es real y las aseguradoras la hacen cumplir. La sección 11580.2(b)(2) exige un reporte dentro de 24 horas a la policía de la ciudad, al sheriff o a la oficina local de la CHP. Haga el reporte lo antes posible, documente por qué hubo demora y espere que se lo señalen. No deje que una hora perdida le impida hacer el reporte.
¿Qué es el requisito de contacto físico?
En un reclamo contra un conductor desconocido, la sección 11580.2(b)(1) exige que la lesión haya surgido del contacto físico del vehículo con el asegurado. Un conductor que lo sacó de la banqueta sin tocarlo no lo cumple. En esa situación, el reclamo depende de identificar el vehículo, y eso convierte el trabajo temprano con las cámaras en todo el caso.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo de conductor sin seguro?
Dos años desde la fecha del accidente. El plazo solo se cumple con uno de tres actos según la sección 11580.2(i)(1): presentar una demanda contra el conductor sin seguro, llegar a un acuerdo sobre la cantidad que se debe, o pedir formalmente un arbitraje por escrito por correo certificado. Seguir negociando un acuerdo con su propia aseguradora no lo cumple.
¿El caso penal pagará mis facturas médicas?
En un caso penal se puede ordenar la restitución, pero depende de una condena y de la capacidad de pago del acusado, y normalmente llega mucho después del tratamiento. El reclamo civil y el reclamo de seguro avanzan por separado y no esperan al proceso penal. Cuando no hay ninguna cobertura, el siguiente lugar donde buscar es la Junta de Compensación para Víctimas de California.
¿Cómo encuentran los investigadores a un conductor que huyó?
Los restos del vehículo identifican una marca y un modelo, el video de las cámaras aporta una placa o un rasgo distintivo, y los vehículos dañados aparecen en los talleres de hojalatería. El trabajo tiene un límite de tiempo: el barrido de calles se lleva los restos, los negocios graban encima en cuestión de días y un auto dañado se repara. Una solicitud de preservación por escrito en la primera semana mantiene disponibles esas fuentes.
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