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Accidentes de bicicleta eléctrica en Los ÁngelesLa ley lo sigue tratando como ciclista.

California trata una bicicleta eléctrica como una bicicleta, no como un vehículo motorizado. El Código de Vehículos, sección 24016, lo dice directamente, y la sección 312.5 divide las bicicletas eléctricas en tres clases que deciden la regla del casco, la edad mínima y dónde le permiten circular las ordenanzas locales. La clase es lo primero que preguntará una aseguradora, y nosotros la establecemos con la etiqueta de la bicicleta.

En esta guía

Quienes andan en bicicleta eléctrica y se lesionan en el condado de Los Ángeles, incluidos los repartidores y los adolescentes en bicicletas de Clase 3, circulan bajo las mismas reglas de tránsito que cualquier ciclista. La clase legal decide la regla del casco y la edad mínima, la pregunta de si es un vehículo motorizado decide el análisis del seguro, y un incendio de la batería es un reclamo por responsabilidad del producto. Los scooters motorizados y las motonetas están en otras secciones del Código de Vehículos.

Las tres clases de bicicletas eléctricas

El Código de Vehículos, sección 312.5, define una bicicleta eléctrica como una bicicleta con pedales totalmente funcionales y un motor eléctrico de no más de 750 watts. La clase depende de cómo funciona ese motor.

Clases de bicicletas eléctricas en California según el Código de Vehículos 312.5
ClaseCómo funciona el motorLa asistencia se detiene aCascoEdad mínima
Clase 1Solo asistencia al pedalear20 mphMenores de 18No se indica
Clase 2Acelerador, puede impulsarla sola20 mphMenores de 18No se indica
Clase 3Solo asistencia al pedalear, velocímetro obligatorio28 mphTodos16

Dos detalles de la sección 312.5 aparecen una y otra vez en estos casos. Las tres clases pueden incluir un modo para caminar o una asistencia de arranque que llega como máximo a 3.7 millas por hora. Y todo fabricante y distribuidor debe poner una etiqueta permanente que muestre el número de clase, la velocidad máxima con asistencia y la potencia del motor en watts, en letra Arial de al menos 9 puntos. Esa etiqueta es la forma más rápida de establecer la clase, y fotografiarla corresponde al primer día del expediente.

Efectos de la clase

La sección 21212 exige un casco bien ajustado y abrochado que cumpla una norma de ASTM o de la Comisión de Seguridad de Productos del Consumidor (Consumer Product Safety Commission) para cualquier persona menor de 18 años en una bicicleta. La sección 21213 va más allá para la Clase 3: todo conductor y todo pasajero usa casco sin importar la edad, y ninguna persona menor de 16 años puede manejarla.

Dónde puede circular se decide a nivel local, no estatal. La sección 21207.5 permite que una autoridad local o agencia pública con jurisdicción sobre un sendero ecuestre, de excursionismo o recreativo prohíba por ordenanza una bicicleta eléctrica, o cualquier clase de bicicleta eléctrica. Permite que el Departamento de Parques y Recreación (Department of Parks and Recreation) prohíba cualquier clase en una ciclovía o sendero bajo su jurisdicción. No hay una sola respuesta para una ciclovía de Los Ángeles, solo la ordenanza de esa ciclovía.

En la calle no cambia nada. Quien maneja una bicicleta eléctrica tiene los derechos y obligaciones de un conductor según la sección 21200, usa el carril para bicicletas con las cuatro excepciones de la sección 21208, y tiene derecho a que un conductor que lo rebasa le deje tres pies de distancia según la sección 21760, exactamente igual que en una bicicleta sin motor. Nuestra guía sobre accidentes en carriles para bicicletas y giros a la derecha explica cómo esas reglas deciden la culpa.

La bicicleta eléctrica como bicicleta

El Código de Vehículos, sección 24016(b), dice que una bicicleta eléctrica no es un vehículo motorizado y que quien la maneja no está sujeto a los requisitos de registro, licencia de manejo o responsabilidad financiera que el código impone a los vehículos motorizados. La subdivisión (a) exige que la bicicleta cumpla los requisitos federales de equipo y fabricación de bicicletas de 16 C.F.R. 1512, y que tenga un motor que se desconecte al aplicar los frenos o al soltar un interruptor.

Esa sola oración responde tres preguntas a la vez. Usted no necesitaba licencia, así que no hay argumento de manejar sin licencia. No necesitaba asegurar la bicicleta, así que no hay un seguro vencido que usar en su contra. Y la Proposición 213, en el Código Civil, sección 3333.4, prohíbe los daños no económicos, es decir, el dolor y sufrimiento, al dueño o conductor sin seguro de un vehículo sujeto a las leyes de responsabilidad financiera, y la sección 24016(b) dice que quien maneja una bicicleta eléctrica no lo está. Espere que una compañía de seguros lo plantee de todos modos.

De dónde sale el dinero en un reclamo por bicicleta eléctrica
SituaciónCobertura que hay que buscar
Lo atropelló un conductorLa responsabilidad civil por lesiones corporales del conductor, y después su propia cobertura de conductor sin seguro o con seguro insuficiente
El conductor huyó o no tenía seguroSu propia cobertura de conductor sin seguro según el Código de Seguros 11580.2
Lo causó un defecto en el caminoUn reclamo contra el gobierno dentro de seis meses, no una aseguradora
Usted atropelló a un peatón o a otro ciclistaLa responsabilidad civil personal de su póliza de propietario de vivienda o de inquilino
Falló la batería o un componenteUn reclamo por responsabilidad del producto contra el fabricante, el distribuidor y el vendedor

Seguros para ciclistas de bicicleta eléctrica

El Código de Seguros, sección 11580.2, hace que la cobertura de conductor sin seguro pague las lesiones corporales causadas por un vehículo motorizado sin seguro, y no exige que usted estuviera dentro de su propio auto cuando ocurrió. Un ciclista de bicicleta eléctrica atropellado por un conductor sin seguro reclama según la misma disposición que usaría un conductor.

Del otro lado, el Departamento de Seguros de California describe la Cobertura E en su guía de seguros residenciales como la que lo cubre a usted o a un residente de su hogar cuando es legalmente responsable de lesiones a otras personas, con un límite de responsabilidad civil personal en las pólizas de inquilino que generalmente tiene un mínimo de $100,000. Si una póliza específica responde por una bicicleta eléctrica depende de las definiciones y exclusiones de esa póliza. Leemos la póliza en lugar de adivinar.

Incendios de batería y fallas de componentes

Una batería que se incendia mientras se carga, una horquilla que se separa o un motor que arranca de forma inesperada son un reclamo por responsabilidad del producto y no un reclamo de tránsito, y se dirigen contra el fabricante, el distribuidor y el vendedor. Dependen por completo de pruebas físicas que la gente tira a la basura. Conserve la bicicleta, la batería, el cargador y el comprobante de compra, en las condiciones en que estén, y fotografíe la etiqueta que exige la sección 312.5 antes de mover cualquier cosa.

Un punto de la ley importa aquí. La sección 24016 prohíbe modificar la capacidad de velocidad de una bicicleta eléctrica a menos que la bicicleta siga cumpliendo la definición de la sección 312.5 y se cambie la etiqueta de clase para que coincida. Una bicicleta sin limitador es otro vehículo con otra etiqueta. Eso puede jugar a favor o en contra en un reclamo, y es mejor saberlo antes de que lo descubra una aseguradora.

Repartidores en bicicleta eléctrica

Un ciclista que trabajaba con una aplicación de reparto cuando ocurrió el choque tiene más de una posible fuente de recuperación, y no dependen una de la otra. El conductor que lo atropelló es responsable sin importar lo que usted estaba haciendo. Si también aplica la compensación de trabajadores depende de cómo se clasificaba el trabajo. Si la plataforma tiene cobertura para un trabajador en bicicleta depende del contrato y la póliza de esa plataforma, que conseguimos en lugar de suponer.

Excepciones para bicicletas eléctricas

  • El motor pasa de 750 watts o la asistencia sigue por encima de 28. Entonces no es una bicicleta eléctrica según la sección 312.5, y a lo que sea se le aplica otro conjunto de reglas.
  • El ciclista era menor de 16 años y andaba en una Clase 3. La sección 21213 lo prohíbe. Eso respalda un argumento de culpa comparativa, que reduce una indemnización según la parte del ciclista, en lugar de terminar el reclamo.
  • El choque fue en una ciclovía con su propia ordenanza. Una prohibición local según la sección 21207.5 es una violación de una regla en esa ciclovía, y hay que revisarla para esa ciclovía en específico en lugar de suponerla.
  • La bicicleta era compartida o rentada. Los términos del operador, los registros de mantenimiento y el estado de esa bicicleta en específico entran todos al caso, y la empresa que la renta puede ser demandada.
  • Era un scooter motorizado, no una bicicleta eléctrica. Un scooter tiene otras definiciones y otras reglas de casco y de licencia.

La bicicleta eléctrica y su reclamo

Cambia menos de lo que sugerirá una aseguradora. En el camino usted es un ciclista con los derechos de un ciclista, y la ley dice con palabras claras que usted no maneja un vehículo motorizado. Lo que la clase cambia es la regla del casco, la edad mínima, la pregunta sobre la ciclovía local y la velocidad sobre la que discutirá la defensa. Establecer la clase con la etiqueta desde el primer día cierra la mayor parte de esa discusión.

Si el choque causó una lesión en la cabeza, nuestra página sobre lesiones cerebrales explica cómo se documentan. Nuestras guías sobre accidentes por puertas abiertas y reclamos por defectos en el camino y baches explican los choques relacionados, y la página principal sobre reclamos por accidentes de bicicleta en Los Ángeles explica el reclamo en su conjunto.

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Preguntas frecuentes

¿Una bicicleta eléctrica es un vehículo motorizado en California?
No. El Código de Vehículos, sección 24016(b), dice que una bicicleta eléctrica no es un vehículo motorizado y que quien la maneja no está sujeto a los requisitos de registro, licencia de manejo o responsabilidad financiera que el código impone a los vehículos motorizados. Por eso quien anda en bicicleta eléctrica no necesita licencia ni seguro para la bicicleta, y por eso las reglas de tránsito se siguen aplicando al trayecto.
¿Cuál es la diferencia entre las bicicletas eléctricas de Clase 1, Clase 2 y Clase 3?
El Código de Vehículos, sección 312.5, define las tres. La Clase 1 da asistencia solo mientras usted pedalea y deja de darla a las 20 millas por hora. La Clase 2 tiene un acelerador que puede impulsar la bicicleta sin pedalear, también limitado a 20. La Clase 3 da asistencia solo mientras se pedalea, deja de darla a las 28 millas por hora y debe tener velocímetro. Las tres están limitadas a un motor de 750 watts.
¿Tengo que usar casco en una bicicleta eléctrica en California?
Depende de la clase y de su edad. El Código de Vehículos, sección 21212, exige casco a cualquier persona menor de 18 años. La sección 21213 exige un casco bien ajustado y abrochado a todo conductor y pasajero de una bicicleta eléctrica de Clase 3 a cualquier edad, y prohíbe que la maneje cualquier persona menor de 16 años. En la Clase 1 y la Clase 2, el casco sigue la regla común para menores de 18.
¿Puedo andar en mi bicicleta eléctrica en una ciclovía de Los Ángeles?
Esa es una pregunta local. El Código de Vehículos, sección 21207.5, permite que una autoridad o agencia local con jurisdicción sobre un sendero ecuestre, de excursionismo o recreativo prohíba por ordenanza una bicicleta eléctrica o una clase de bicicleta eléctrica, y permite que el Departamento de Parques y Recreación haga lo mismo en las ciclovías bajo su jurisdicción. Revise la ordenanza de la ciclovía específica.
¿Se me aplica la Proposición 213 si andaba en una bicicleta eléctrica sin seguro?
Las leyes apuntan a que no. El Código Civil, sección 3333.4, prohíbe los daños no económicos al dueño o conductor sin seguro de un vehículo involucrado en el accidente, y está redactado en torno a las leyes de responsabilidad financiera. El Código de Vehículos, sección 24016(b), exime de esas leyes a quienes andan en bicicleta eléctrica. Las aseguradoras igual lo plantean, así que espere el argumento aunque las secciones no lo respalden.
La batería de mi bicicleta eléctrica se incendió. ¿Quién es responsable?
Ese es un reclamo por responsabilidad del producto y no un reclamo de tránsito, y se dirige contra el fabricante, el distribuidor y el vendedor. Depende de pruebas que se pierden fácilmente, así que conserve la bicicleta, la batería, el cargador y el comprobante de compra exactamente como están. Fotografíe la etiqueta de clase que exige el Código de Vehículos, sección 312.5, antes de mover o reemplazar cualquier cosa.
Estaba haciendo entregas en mi bicicleta eléctrica cuando me atropelló un auto. ¿Qué puedo recuperar?
Posiblemente, dinero de más de una fuente. El conductor que lo atropelló es responsable sin importar lo que usted estaba haciendo en ese momento. La compensación de trabajadores también puede aplicar, según cómo se clasificaba el trabajo. Si la plataforma de reparto tiene cobertura para un trabajador en bicicleta depende de su propio contrato y su póliza, que conseguimos y leemos en lugar de suponer.
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