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Calculadora · desde la fecha del choqueCalculadora de plazosCada plazo que corre desde la fecha del choque.

Ingrese la fecha del choque. La calculadora aplica las reglas de California que corren desde esa fecha: el reporte policial, el formulario del DMV, el reclamo al gobierno de seis meses, las condiciones para un choque con fuga y el plazo de dos años para demandar. Los plazos tienen excepciones, para menores de edad y en algunas otras situaciones, así que confirme los suyos en la llamada gratuita.

★★★★★Promedio de cinco estrellas en Google · Firma galardonada · Millones recuperados · Josh Kohanim, Esq., State Bar of California n.º 328609

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Seis meses, no dos años

Si cualquier agencia pública está involucrada en el choque, el plazo para el reclamo es de seis meses. Un reclamo presentado el día 183 llega tarde, y la gente pierde ese plazo porque todavía está en tratamiento.

Información general, no asesoría legal. Las fechas se calculan a partir de las leyes y no toman en cuenta la suspensión del plazo de prescripción, la minoría de edad según el Código de Procedimiento Civil, sección 352, ni otras excepciones que puedan aplicarse a su caso. Comunicarse con nosotros no crea una relación abogado-cliente, que solo se forma con un acuerdo de honorarios por escrito y firmado.

Esta página es información general, no asesoría legal para su situación. Enviar este formulario no crea una relación abogado-cliente. La relación abogado-cliente solo se forma con un acuerdo de honorarios por escrito y firmado.

Preguntas sobre esta calculadora

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por lesiones personales en California?
Dos años desde la fecha de la lesión según el Código de Procedimiento Civil, sección 335.1. En un reclamo por muerte por negligencia, los dos años corren desde la fecha de la muerte. Un reclamo contra una ciudad, un condado, el estado, Metro o Caltrans primero debe presentarse por escrito dentro de seis meses según el Código de Gobierno, sección 911.2.
¿Qué pasa si el gobierno rechaza mi reclamo?
La entidad pública tiene 45 días para resolver un reclamo. Si envía por correo un rechazo por escrito, usted tiene seis meses desde ese aviso para demandar según el Código de Gobierno, sección 945.6. Si nunca responde, el reclamo se considera rechazado y, en general, usted tiene dos años desde la lesión para demandar.
¿Cambia el plazo si la persona lesionada es un niño?
Normalmente, sí. El Código de Procedimiento Civil, sección 352, suspende el límite de dos años hasta que el menor cumple 18 años. No suspende de la misma manera el plazo de seis meses del reclamo al gobierno, así que un reclamo contra una entidad pública por la lesión de un niño de todos modos tiene que presentarse pronto.
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