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Lista · después de una muerte
Las primeras 48 horas Lo que no puede esperar, y lo que llevamos nosotros.
No tiene que hacer todo esto hoy, y no tiene que hacerlo sin ayuda. Esta es la lista corta de pasos prácticos que protegen los derechos de su familia en los primeros dos días, escrita para la persona que ahora mismo tiene que sostenerlo todo. Todo lo demás puede esperar hasta que usted pueda.
El primer día
- Pregunte qué agencia tiene el reporte, y pida el número de caso y el nombre del investigadorEl hospital, la oficina del médico forense o el oficial que llegó a su puerta se lo pueden decir. Anótelo; se lo van a pedir muchas veces.
- No le dé una declaración a ninguna compañía de seguros, incluida la del otro conductorPuede que llamen antes de que pase un día, con amabilidad. Usted no tiene obligación de hablar con ellos. Deles nuestro número, o nada.
- No autorice que entreguen, reparen o desechen ningún vehículo involucradoEl auto es una prueba. Su registrador de datos guarda la velocidad y el frenado. Dígales al depósito de grúas y a la aseguradora que lo conserven.
- Guarde el teléfono, la cartera y las pertenencias tal como estánIncluida la ropa dañada. No borre nada del teléfono.
- Pídale a una persona que anote lo que se sabe de lo que pasóMientras está fresco: quién llamó, qué dijo el oficial, quién estaba ahí. No tiene que estar completo.
La primera semana
- Pida copias certificadas del acta de defunción, más de las que crea necesitarNormalmente las pide la funeraria, y la oficina de registros del condado emite más después. Los bancos, las aseguradoras, los empleadores y la corte quieren cada uno un original.
- Busque el testamento o el fideicomiso, y cualquier póliza de seguro de vidaEl seguro de vida que da el empleador es común y muchas veces se olvida. Pregunte en recursos humanos.
- Avise al empleador y pregunte por salarios pendientes, días de licencia acumulados y beneficiosPida la respuesta por escrito.
- Guarde cada recibo del funeral, del entierro y de los viajesLos gastos de funeral y entierro se pueden recuperar en un reclamo por muerte por negligencia, según las instrucciones para el jurado de California.
- Si hubo un vehículo de la ciudad, un autobús, una condición de la calle o cualquier agencia pública de por medio, anótelo ahoraUn reclamo contra una entidad pública debe presentarse por escrito dentro de seis meses, según el Código de Gobierno, sección 911.2. Para todo lo demás hay dos años desde la fecha de la muerte.
- Decida quién hablará por la familia con las aseguradoras y con el abogadoUna sola voz. El Código de Procedimiento Civil, sección 377.60, fija quién puede presentar el reclamo, normalmente el cónyuge, la pareja doméstica y los hijos, y se lo explicamos paso a paso en la primera llamada.
Información general, no asesoría legal para su situación. Comunicarse con nosotros no crea una relación abogado-cliente, que solo se forma con un acuerdo de honorarios por escrito y firmado.